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En el listado que figura en Criterios recomendados por
especie se indica, junto a cada una
de las especies para las que se admitirán citas, cual de los
siguientes criterios se aplican en cada caso particular. Cada
especie puede precisar varios criterios a la vez.
Se ajustan a este criterio tanto las especies accidentales para
la provincia de Burgos, como especies escasas o muy amenazadas,
taxones en proceso de expansión o regresión para las que
interesa caracterizar dicho fenómeno y especies que, no
considerándose a priori como raras, presentan importantes
lagunas en lo referente a su distribución, fenología o estatus
de conservación en el ámbito provincial.
Entran dentro de este criterio las citas sobre nuevas localidades
de reproducción no conocidas en la provincia de Burgos (en base al Atlas de la
provincia de Burgos), que sean constatadas de forma segura o probable. También
tendrán cabida aquellas citas que permitan aumentar el grado de certeza de la
cría de una especie en una cuadrícula que ya había sido conseguida en el
Atlas.
Se incluyen todas las citas de reproducción de alguna de las
especies reproductoras de la provincia que, por su escasez o irregularidad,
interesa conocer todas las reproducciones de la mismas a lo largo de los años
en aquellas cuadrículas que ya tenemos constancia de su reproducción segura en
temporadas previas.
Se engloba dentro de este criterio las citas más tempranas y
más tardías de especies migradoras.
Se trata de un criterio variable dependiendo de la especie de
que se trate. Bajo este criterio se agruparían, entre otros, las
citas sobre nuevas localidades no conocidas en la provincia de
Burgos (para la invernada, paso migratorio... es decir, que no
entren dentro del apartado anterior), cifras importantes a escala
regional o para una determinada localidad, fechas de
reproducción muy tempranas o muy tardías, comportamientos
atípicos, plumajes aberrantes y alteraciones morfológicas,
puestas anómalas, etc...
En el criterio de concentraciones puntuales (dormideros
comunales, comederos, áreas de dispersión, áreas de muda,
pasos migratorios, etc...) se engloban todas las citas que se
dispongan de conteos o censos efectuados en una localidad, para
una especie que reúna la peculiar característica del
agrupamiento en un determinado momento del ciclo anual.
Para aquellas especies donde es más probable que se puedan
distinguir diferentes subespecies, bien sea en mano (anillamientos) o en el campo. No se aplica el criterio a
subespecies que necesitan homologación previa por parte del
Comité Ibérico de Rarezas de la Sociedad Española de
Ornitología.
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